Última Actualización: junio 9, 2026

Demanda por daños y perjuicios en Chile: Una guía completa que debes hacer con ejemplos, plazos y tipos de juicios 

Suscríbase a nuestro blog
Obtendrá excelentes comentarios sobre variadas leyes de su interés, junto con guías y ayudas que le permitirán conocer más sus derechos.

Si has sufrido un perjuicio económico, físico o emocional provocado por un tercero, es fundamental que conozcas tus derechos y los mecanismos legales disponibles para obtener una reparación. 

En Chile, la ley contempla la posibilidad de exigir judicialmente el resarcimiento de los daños sufridos, ya sea en el ámbito contractual o extracontractual. 

Este blog le explica de forma clara qué son los daños y perjuicios, qué tipos existen, cuáles son los plazos para demandar, cómo funciona el proceso judicial y qué costos implica, con el objetivo de que puedas tomar decisiones informadas antes de iniciar una acción legal. 

¿Qué son daños y perjuicios?

En el ámbito jurídico, los daños y perjuicios comprenden las consecuencias desfavorables que una persona o entidad experimenta a raíz de la conducta activa u omisiva de un tercero. 

Dichas consecuencias pueden manifestarse en el plano patrimonial, físico, emocional o financiero. 

Los daños aluden al detrimento concreto sufrido, en tanto que los perjuicios son las repercusiones adicionales que se derivan de aquel. 

El Código Civil chileno, en su artículo 2314, establece que quien comete un delito o cuasidelito que cause daño a otro queda obligado a repararlo, consagrando de esta forma el principio fundamental de no dañar a terceros. 

¿Qué son las indemnizaciones por daños y perjuicios en Chile? 

La acción de indemnización de perjuicios en Chile se encuentra regulada principalmente en el Código Civil chileno, específicamente en el Título XII del Libro IV en materia de responsabilidad contractual, y en el Título XXXV del mismo Libro en lo relativo a la responsabilidad extracontractual. 

No obstante, dicha acción también encuentra reconocimiento normativo en el artículo 30 del Decreto Ley N° 211, disposición que la contempla en el contexto de sentencias definitivas ejecutoriadas que declaren la existencia de conductas anticompetitivas.

En términos generales, los daños derivados de ilícitos anticompetitivos se producen en el ámbito de la responsabilidad extracontractual

Sin perjuicio de lo anterior, es posible que tales daños surjan en materia rcontractual como ocurre, por ejemplo, ante la incorporación de cláusulas abusivas en un contrato, supuesto en el cual el afectado tendrá la facultad de optar por el estatuto de responsabilidad que estime más adecuado a su situación, ya sea el contractual o el extracontractual.

¿Cuáles son los requisitos de la responsabilidad contractual?

Para que nazca la obligación de indemnizar en el ámbito contractual, se necesita que ocurra los siguientes elementos:

1. Infracción de la obligación: 

Debe verificarse un incumplimiento de la prestación debida, ya sea por falta total de ejecución, cumplimiento defectuoso o cumplimiento tardío de la obligación contraída.

2. Imputabilidad del incumplimiento al deudor: 

El incumplimiento debe ser atribuible al deudor, esto es, originado en su dolo o culpa, no procede la responsabilidad cuando el incumplimiento obedece a causas ajenas a la voluntad del obligado, como el caso fortuito o la fuerza mayor.

3. Mora del deudor: 

No basta con el incumplimiento; se requiere además que el deudor se encuentre constituido en mora, lo que supone el retardo imputable en el cumplimiento de la obligación, unido a la interpelación del acreedor en los casos que la ley así lo exige.

4. Existencia de un perjuicio: 

El incumplimiento debe haber generado un daño efectivo y concreto en el patrimonio o en los intereses del acreedor, toda vez que la indemnización de perjuicios carece de objeto en ausencia de un menoscabo real.

¿Cuáles son los requisitos de la responsabilidad extracontractual?

Para que surja la obligación de indemnizar fuera del ámbito contractual, debe concurrir lo siguiente:

1. Existencia de un daño: 

Debe haberse producido un perjuicio real y concreto en la persona o en el patrimonio de la víctima, el daño meramente eventual o hipotético no es susceptible de reparación.

2. Imputabilidad a título de dolo o culpa: 

El daño debe ser atribuible a una conducta dolosa o culposa del agente causante, el dolo supone la intención deliberada de causar daño, en tanto que la culpa implica negligencia, imprudencia o falta del cuidado debido.

3. Relación de causalidad: 

Debe existir un vínculo directo entre la conducta dolosa o culposa del agente y el daño producido, sin este nexo causal, no es posible imputar jurídicamente el perjuicio al demandado.

4. Capacidad: 

El autor del daño debe tener capacidad para ser declarado responsable, la ley excluye de responsabilidad a quienes, al momento del hecho, carecían de discernimiento suficiente para comprender el alcance de su conducta, conforme a las reglas que el Código Civil establece al respecto.

¿Cuáles son los componentes de la indemnización de perjuicios?

Estos los componentes de la indemnización de daños y perjuicios en Chile:

Daño emergente

El daño emergente es una categoría de perjuicio de naturaleza patrimonial que alude a la pérdida o disminución efectiva que experimenta el patrimonio de una persona como consecuencia directa de un hecho dañoso o del incumplimiento de una obligación contractual. 

En otros términos, corresponde al empobrecimiento real y concreto sufrido por el afectado, materializado, por ejemplo, en los costos de reparación o reposición de un bien que ha sido objeto de daño, estás son las principales características:

Pérdida directa y verificable: 

Esta categoría comprende exclusivamente aquellas pérdidas que ya se han producido como consecuencia del hecho generador del daño. 

Se trata de menoscabos concretos y cuantificables que el afectado ha debido soportar, tales como gastos médicos, costos de reparación u otros desembolsos originados directamente por el evento dañoso.

Para este tipo de situaciones, resulta fundamental obtener asesoría legal para negligencias médicas en Chile, lo que garantiza que la cuantificación del perjuicio sea realizada con rigor por especialistas en el ámbito de la responsabilidad civil. 

Función reparatoria del patrimonio: 

La finalidad de la indemnización por daño emergente es restituir el patrimonio del afectado al estado en que se encontraba con anterioridad al hecho que originó el perjuicio. 

Por esta razón, reviste un carácter estrictamente compensatorio, en cuanto la indemnización debe corresponder al monto exacto de la pérdida efectivamente sufrida, sin generar enriquecimiento alguno para el demandante.

Acreditación del daño: 

Para que esta partida sea procedente, el afectado debe acreditar la existencia del daño, su cuantía precisa y la existencia de un nexo causal directo entre el perjuicio invocado y la conducta activa u omisiva del responsable. 

La ausencia de cualquiera de estos elementos impide su reconocimiento judicial.

Ejemplos de daño emergente

Accidentes de tránsito: Los gastos de reparación del vehículo siniestrado, las atenciones médicas requeridas como consecuencia del accidente y cualquier otra pérdida patrimonial tangible y directamente atribuible al hecho constituyen partidas propias del daño emergente.

Si se vio involucrado en un siniestro causado por el  delito de conducción bajo estado de ebriedad, está facultado para presentar una acción legal con el fin de reclamar la indemnización de todo daño material y moral resultante. 

Incumplimiento de contrato: Cuando una empresa incumple un contrato de suministro, el daño emergente para la contraparte puede comprender los costos adicionales en que esta debió incurrir para obtener los mismos bienes o servicios de un proveedor alternativo.

Conoce más como la asesoría legal previene problemas empresariales, mediante la redacción de cláusulas de resguardo efectivas para su empresa. 

Daños a la propiedad: Ante un incendio ocasionado por la negligencia de un tercero, el daño emergente abarca los costos de reparación o reposición del bien afectado, así como los gastos derivados del arrendamiento de un inmueble sustituto durante el período en que el bien dañado se encuentre inhabilitado para su uso.

Lucro cesante

El lucro cesante corresponde a la indemnización por las ganancias o beneficios que una persona dejó de obtener como consecuencia del incumplimiento de una obligación contractual o de un daño causado por un tercero. 

Representa aquello que el afectado habría percibido bajo el curso normal de los acontecimientos, de no haberse producido el hecho generador del perjuicio, entre sus principales características están:

Daño futuro de carácter probable: 

A diferencia del daño emergente, que recae sobre pérdidas ya ocurridas y verificables, el lucro cesante se proyecta sobre beneficios que no llegaron a materializarse. 

Su determinación implica estimar, con base en antecedentes objetivos, las ganancias que razonablemente se habrían obtenido en condiciones ordinarias de no haberse producido el hecho dañoso.

Exigencia de acreditación: 

Para que esta partida sea reconocida judicialmente, es indispensable demostrar que los beneficios no percibidos eran ciertos y no meramente conjeturales. 

Esta acreditación requiere, por regla general, la aportación de antecedentes concretos, tales como contratos vigentes, registros contables, proyecciones financieras fundamentadas o informes periciales especializados.

Nexo causal: 

Debe existir una relación de causalidad directa entre el hecho ilícito o el incumplimiento y la pérdida de las ganancias invocadas. No es suficiente acreditar que se dejaron de percibir beneficios; es necesario establecer que dicha privación fue consecuencia directa e inmediata de la conducta atribuida al responsable.

Ejemplos de lucro cesante

Accidentes de tránsito: Si un profesional independiente como un médico o un abogado, resulta incapacitado para ejercer su actividad a raíz de un accidente imputable a un tercero, tiene derecho a reclamar como lucro cesante los ingresos que dejó de percibir durante el período de incapacidad.

Incumplimiento de contrato: Cuando un proveedor incumple la entrega de materiales necesarios para el proceso productivo de una empresa, y esta, como consecuencia de ello, se ve impedida de producir y comercializar sus bienes, puede reclamar el lucro cesante equivalente a las utilidades que habría generado de haberse ejecutado el contrato en los términos pactados.

Daños a la propiedad: Si la negligencia de un tercero provoca la destrucción o inhabilitación de las instalaciones de una empresa, impidiendo su normal funcionamiento y la captación de nuevos clientes, el lucro cesante puede comprender los ingresos que razonablemente se habrían obtenido de no haberse producido el daño.

La compensación por lucro cesante tiene por finalidad situar a la víctima en la posición económica en que se habría encontrado de no haber mediado el hecho dañoso, reconociendo no solo los perjuicios inmediatos, sino también las pérdidas patrimoniales futuras que inciden en la situación económica de la persona o entidad afectada.

Daño moral

El daño moral es el menoscabo que experimenta una persona en su esfera emocional, afectiva, psicológica o en su reputación, como consecuencia de un hecho ilícito o del incumplimiento de una obligación. 

Esta categoría de daño es susceptible de indemnización en sede civil, orientándose la compensación a resarcir la pérdida de bienestar o calidad de vida que el afectado ha debido soportar, entre sus principales características están:

Naturaleza extrapatrimonial: 

El daño moral se distingue por no ser susceptible de cuantificación objetiva en términos económicos, a diferencia de los daños de contenido patrimonial. 

Comprende afectaciones de orden subjetivo, tales como la angustia, el sufrimiento, el dolor, el deterioro de la reputación, el honor o las relaciones familiares, todas las cuales escapan a una valoración estrictamente monetaria.

Procedencia de la indemnización: 

No obstante su carácter extrapatrimonial, el daño moral es indemnizable, la compensación que se otorga por este concepto no persigue restituir una situación material, sino reconocer y reparar el impacto que el hecho generador ha producido en la dignidad, la integridad emocional o el bienestar del afectado. Su cuantificación queda entregada a la apreciación judicial, la que considera la gravedad del hecho, la intensidad del sufrimiento y las circunstancias particulares de cada caso.

Ejemplos de daño moral

El daño moral puede derivar de situaciones diversas, entre las que se cuentan la difamación, la vulneración de derechos de la personalidad como el derecho a la privacidad o a la honra, accidentes que generan sufrimiento físico o angustia psicológica, y despidos sin causa justificada, entre otras. 

En cada supuesto, la determinación del monto indemnizable se realiza atendiendo a las particularidades concretas del caso y a los criterios que la jurisprudencia ha ido consolidando en la materia.

¿Qué son los daños indemnizables?

Para que un daño sea susceptible de indemnización, debe reunir ciertas condiciones: ha de ser real.. 

En el caso del lucro cesante, la ley admite acreditar un perjuicio futuro, siempre que su ocurrencia sea razonablemente probable y no especulativa. 

Quedan excluidos de toda reparación los perjuicios indirectos y los de carácter eventual, en  materia contractual, solo son reparables aquellos daños que sean consecuencia directa e inmediata del incumplimiento de la obligación, tal como lo dispone el artículo 1556 del Código Civil

¿Cuáles son las etapas de una demanda civil en Chile?

Las etapas de un proceso civil varían según el tipo de procedimiento aplicable al caso concreto. 

En términos generales, los procesos civiles ante tribunales ordinarios se caracterizan por su tramitación escrita, el establecimiento de plazos de carácter fatal y la posibilidad de impugnar las resoluciones mediante recursos procesales a lo largo de las distintas fases del juicio.

¿Cuáles son los tipos de procedimientos civiles?

Ante un tribunal civil ordinario, los procedimientos más frecuentes son los siguientes:

Juicio ordinario: 

Es el procedimiento de aplicación general y se subdivide en tres categorías según la cuantía del asunto: juicio ordinario de mayor cuantía, juicio ordinario de menor cuantía y juicio ordinario de mínima cuantía. 

Juicio sumario: 

Procede en aquellas materias que la ley expresamente somete a este tipo de tramitación. Por su naturaleza, está concebido como un procedimiento de mayor celeridad en comparación con el juicio ordinario, orientado a resolver controversias que requieren una tramitación más expedita.

Juicio ejecutivo: 

Tiene por objeto hacer efectivo el cumplimiento de una obligación que consta en un título al que la ley otorga mérito ejecutivo, su finalidad es obtener el pago o la ejecución forzada sobre los bienes del deudor que no ha satisfecho voluntariamente su obligación.

Procedimiento voluntario o no contencioso: 

A diferencia de los anteriores, este procedimiento no supone controversia entre partes. Su objeto es obtener una declaración judicial respecto de una determinada situación jurídica, sin que exista un conflicto de intereses entre dos o más partes enfrentadas.

¿Cuáles son las etapas del proceso civil?

A continuación les mostramos las etapas del proceso civil para la demanda de indemnización de daños y perjuicios en Chile:

Etapa de discusión: 

Corresponde a la fase inicial del proceso, en la que las partes exponen sus pretensiones y defensas. 

Comprende la presentación de la demanda, su notificación, la contestación del demandado y, según el procedimiento, los escritos de réplica y dúplica, es en esta etapa donde quedan fijados los hechos controvertidos sobre los que versará el litigio.

Etapa de prueba: 

Una vez delimitada la controversia, las partes tienen la oportunidad de acreditar los hechos en que fundan sus respectivas posiciones. 

Para ello, el tribunal fija un término probatorio durante el cual se rinden los medios de prueba admitidos por la ley, tales como documentos, testimonios, informes periciales y otros que el ordenamiento procesal contempla.

Etapa de sentencia: 

Concluida la fase probatoria y evacuados los trámites que correspondan, el tribunal procede a dictar sentencia definitiva, resolviendo el fondo del asunto debatido. 

Esta resolución puede ser objeto de recursos procesales como el recurso de apelación ante tribunales de superior jerarquía, según lo permita la naturaleza del procedimiento y las normas aplicables.

¿Cuál es el plazo para interponer una demanda de indemnización de perjuicios en Chile?

El ordenamiento jurídico chileno establece un plazo de cuatro años para el ejercicio de la acción indemnizatoria ante los tribunales de justicia. 

El plazo comienza a computarse desde la fecha en que se ejecutó el acto o se produjo el hecho que dio origen al perjuicio reclamado. 

Una vez transcurrido este período sin que la acción haya sido deducida, opera la prescripción extintiva de la indemnización, impidiendo al afectado perseguir judicialmente la reparación del daño sufrido.

¿Cómo se notifica una demanda por indemnización de daños y perjuicios en Chile?

La notificación de una demanda civil es una diligencia procesal que requiere obligatoriamente la intervención de un ministro de fe denominado receptor judicial, funcionario auxiliar de la administración de justicia encargado de practicar las notificaciones y demás actuaciones que la ley le encomienda.

La demanda constituye la primera actuación del juicio y debe ser puesta en conocimiento del demandado a través de alguna de las siguientes modalidades:

Notificación personal: 

Es la forma de notificación por excelencia y consiste en la entrega directa al demandado de copia íntegra de la resolución y de los antecedentes que la motivan. 

Se practica en cualquier lugar en que el demandado sea habido y garantiza que este tome conocimiento efectivo e inmediato de la acción deducida en su contra.

Notificación por cédula según el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil:

Procede cuando el receptor judicial no logra encontrar al demandado en dos oportunidades distintas, pero constata que el lugar corresponde efectivamente a su domicilio, la notificación se practica dejando copia de los antecedentes en el referido domicilio, estampando el receptor la correspondiente diligencia. 

Esta modalidad se encuentra regulada en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil.

Es fundamental conocer cómo saber si tienes una demanda de cobranza judicial activa, ya que esto te permite gestionar tu estatus legal de manera oportuna ante los tribunales legales.

Modalidades alternativas de notificación: 

En casos excepcionales que la ley expresamente contempla, la notificación puede llevarse a cabo mediante la publicación de avisos en diarios de circulación nacional o regional, cuando resulte imposible o notoriamente difícil practicarla por las vías ordinarias anteriormente señaladas.

¿Cuales son los tipos de gastos en una demanda de indemnización de perjuicios?

Los principales rubros de gasto son los siguientes:

Honorarios de abogados: 

Constituyen uno de los costos más relevantes del proceso, su monto varía en función de la experiencia y especialización del profesional, la complejidad jurídica del caso y la duración estimada del juicio.

Costos de notificaciones: 

La comunicación oficial de la demanda al demandado y la práctica de otras diligencias procesales requieren la intervención de receptores judiciales u otros auxiliares de la administración de justicia, cuya actuación genera costos que deben ser solventados por las partes.

Honorarios periciales: 

Cuando el caso exige la intervención de especialistas tales como peritos en valoración de daños, profesionales del área médica u otros expertos técnicos, tanto la elaboración de sus informes como su eventual comparecencia en juicio implican gastos adicionales. 

Estos profesionales cumplen una función esencial para acreditar y cuantificar los perjuicios reclamados, sean de naturaleza patrimonial o extrapatrimonial.

Gastos de certificaciones y documentos: 

Durante el desarrollo del proceso puede ser necesario obtener certificados, documentos oficiales o copias autorizadas de determinados antecedentes probatorios, lo que también puede significar desembolsos adicionales para las partes.

Costas procesales: 

Al término del juicio, el tribunal puede condenar a una de las partes al pago de las costas, lo que implica que la parte vencida deberá asumir no solo sus propios gastos, sino también aquellos en que haya incurrido la parte vencedora. 

Este concepto comprende honorarios de abogados, gastos de notificación, honorarios periciales y demás expensas del proceso.

¿Cuáles son los métodos para calcular los daños indemnizables?

El ordenamiento jurídico chileno no establece una fórmula única ni universal para la cuantificación de los daños indemnizables. 

Corresponde a los tribunales de justicia determinar el monto de la indemnización en cada caso concreto, con base en las pruebas aportadas por las partes y los criterios que la doctrina y la jurisprudencia han consolidado, estos son los métodos generalmente aplicados:

Valoración objetiva del daño emergente: 

La cuantificación de esta partida se realiza sobre la base de antecedentes documentales concretos y verificables, tales como facturas, boletas, presupuestos de reparación e informes periciales, que acrediten las pérdidas patrimoniales efectivamente sufridas.

Proyección económica del lucro cesante: 

Para determinar las ganancias no percibidas, se recurre al curso normal de los acontecimientos, considerando las características de la actividad económica afectada y los antecedentes disponibles. 

Esta estimación frecuentemente requiere el apoyo de informes elaborados por peritos contables o economistas, que otorguen sustento técnico a las proyecciones financieras presentadas.

Apreciación judicial del daño moral: 

Al carecer de un valor económico intrínseco, su cuantificación queda entregada a la facultad apreciativa del tribunal, el que considera criterios como la gravedad del hecho, la intensidad y duración del sufrimiento, la edad y condición particular de la víctima, y los precedentes jurisprudenciales en casos de similar naturaleza.

En todos los supuestos, la carga de la prueba recae sobre quien reclama la indemnización, debiendo acreditar la existencia del daño, su cuantía y el nexo causal que lo vincula con el hecho generador del perjuicio.

Si necesitas determinar si tu caso cumple con los requisitos para interponer una demanda, lo más recomendable es contar con una asesoría jurídica especializada. 

Un abogado de derecho civilpodrá evaluar tu situación concreta, identificar el tipo de responsabilidad aplicable y orientarte sobre la estrategia legal más adecuada para proteger tus intereses. ¡Contáctenos hoy mismo!.

Conclusión

La demanda por daños y perjuicios en Chile es un mecanismo legal que permite a cualquier persona obtener una reparación ante un daño real e injustificado causado por un tercero. 

Para que la acción sea exitosa, es indispensable acreditar la existencia del daño, la imputabilidad del responsable y el nexo causal entre ambos, así como respetar el plazo de prescripción de cuatro años.

Dado que cada caso presenta particularidades propias en cuanto al tipo de responsabilidad, los componentes del daño y el procedimiento aplicable, contar con asesoría legal especializada desde el inicio del proceso es determinante para maximizar las posibilidades de obtener una indemnización justa y adecuada. 

Tu abogado a sólo un click

Somos un estudio jurídico integral con experiencia en asesorías y servicios legales en Chile. Ofrecemos una amplia gama de servicios legales, incluyendo asesoría legal en temas familiares, laborales, penales y civiles.